GINEBRA -- El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos indígenas, James Anaya, expresa su "extrema preocupación por los desalojos forzados y la destrucción de viviendas sufridos el 20 de noviembre de 2009 por las comunidades Naso de San San y San San Druy, en Changuinola, provincia Bocas del Toro, Panamá."
Según informes fiables, el 20 de noviembre de 2009, aproximadamente 150 policías antimotines desalojaron con bombas de gases lacrimógenos, a más de 200 indígenas Naso que habitan en las comunidades de San San y San San Druy. Después de que las personas fueron sacadas, empleados de la empresa Ganadera Bocas entraron al área con maquinaria y procedieron a derribar las viviendas de los indígenas.
La empresa reclama el área del desalojo para sus actividades comerciales ganaderas, con base en un supuesto título otorgado por el Estado, mientras que las comunidades Naso que han vivido allí reclaman derechos anteriores con base en su tenencia de tierra tradicional. Los Naso han llevado un proceso de reivindicación de tierras desde los años setenta, en el que solicitan, en particular, la creación de su propia comarca sobre sus tierras tradicionales. Pese al tiempo transcurrido, a la fecha, los Naso no cuentan con el reconocimiento legal de sus tierras tradicionales.
"Hago un llamamiento a las autoridades panameñas y del pueblo Naso a buscar vías de diálogo y de entendimiento sobre la base de respeto a los derechos humanos," expresó el experto de la ONU. "En particular, insto al Gobierno que se retome de inmediato un proceso de diálogo con los indígenas Naso afectados para llegar a una solución pacífica a esta situación."
Asimismo, el Relator Especial insta a las autoridades judiciales competentes para que adopten medidas para esclarecer los hechos del desalojo, sancionar a los responsables de cualquiera violación a los derechos de las comunidades afectadas, y reparar el daño causado a las víctimas, incluyendo indemnización.
En este respecto, el Relator Especial enfatiza que el artículo 10 de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU establece que "los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso."
A la presente situación se suma el anterior desalojo de los miembros de las comunidades San San y San San Druy en marzo y abril de este año. El 23 de abril de 2009 el Relator Especial envió un llamamiento urgente al Gobierno de Panamá, pidiendo aclaración sobre las circunstancias de los desalojos y el reclamo territorial de los Naso. Lamenta no haber recibido una respuesta del Gobierno de Panamá.
Según informes fiables, el 20 de noviembre de 2009, aproximadamente 150 policías antimotines desalojaron con bombas de gases lacrimógenos, a más de 200 indígenas Naso que habitan en las comunidades de San San y San San Druy. Después de que las personas fueron sacadas, empleados de la empresa Ganadera Bocas entraron al área con maquinaria y procedieron a derribar las viviendas de los indígenas.
La empresa reclama el área del desalojo para sus actividades comerciales ganaderas, con base en un supuesto título otorgado por el Estado, mientras que las comunidades Naso que han vivido allí reclaman derechos anteriores con base en su tenencia de tierra tradicional. Los Naso han llevado un proceso de reivindicación de tierras desde los años setenta, en el que solicitan, en particular, la creación de su propia comarca sobre sus tierras tradicionales. Pese al tiempo transcurrido, a la fecha, los Naso no cuentan con el reconocimiento legal de sus tierras tradicionales.
"Hago un llamamiento a las autoridades panameñas y del pueblo Naso a buscar vías de diálogo y de entendimiento sobre la base de respeto a los derechos humanos," expresó el experto de la ONU. "En particular, insto al Gobierno que se retome de inmediato un proceso de diálogo con los indígenas Naso afectados para llegar a una solución pacífica a esta situación."
Asimismo, el Relator Especial insta a las autoridades judiciales competentes para que adopten medidas para esclarecer los hechos del desalojo, sancionar a los responsables de cualquiera violación a los derechos de las comunidades afectadas, y reparar el daño causado a las víctimas, incluyendo indemnización.
En este respecto, el Relator Especial enfatiza que el artículo 10 de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU establece que "los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso."
A la presente situación se suma el anterior desalojo de los miembros de las comunidades San San y San San Druy en marzo y abril de este año. El 23 de abril de 2009 el Relator Especial envió un llamamiento urgente al Gobierno de Panamá, pidiendo aclaración sobre las circunstancias de los desalojos y el reclamo territorial de los Naso. Lamenta no haber recibido una respuesta del Gobierno de Panamá.
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